Nota de traducción: esta página en español se generó a partir de una página revisada en inglés. Las fuentes citadas pueden estar en inglés. Ver versión en inglés.
Ordenanza Número 2026-01
Resumen
La Ordenanza No. 2026-01 se presenta aquí como un PDF oficial de ordenanza adoptada por la Ciudad, vinculado desde la página de Ordenanzas Adoptadas por el Concejo Municipal y recuperado el 24 de mayo de 2026. Esta página registra únicamente el contexto establecido en la ordenanza para una acción sobre el límite de velocidad en Citracado.
Esta página no constituye asesoramiento legal, orientación actual sobre límites de velocidad, evidencia actual de señalización, evidencia actual de horarios de tráfico, orientación sobre aplicación, asesoramiento sobre seguridad vial, orientación de rutas, verificación en campo ni un expediente de transporte completo.
Detalles de la Fuente
- Editor: Ciudad de Escondido.
- Tipo de fuente: PDF de ordenanza adoptada.
- Fecha de adopción establecida en la ordenanza: 18 de febrero de 2026.
- Fecha de captura del snapshot: 24 de mayo de 2026.
- Página relacionada: Ordenanza de Límite de Velocidad en Citracado 2026-01.
Contexto de la Ordenanza
El título de la ordenanza indica que mantiene el límite de velocidad existente en un segmento de calle.
Utilice esto únicamente como contexto del título establecido en la ordenanza. Esta página no establece las señales publicadas actualmente, la aplicabilidad actual, el contenido de los horarios de tráfico, la orientación sobre seguridad vial, la orientación de rutas ni el efecto legal actual.
Contexto de la Determinación del Concejo
La ordenanza indica que el Concejo Municipal consideró el informe del personal, la recomendación de la Comisión de Transporte, Comunidad y Seguridad, y las disposiciones del Código de Vehículos de California según fueron enmendadas por el Proyecto de Ley de la Asamblea 43. Indica que el Concejo determinó que mantener los límites de velocidad para los segmentos de calle adjuntos como Anexo A estaba en el mejor interés de la Ciudad.
Utilice esa declaración únicamente como texto de la ordenanza. Consulte el informe del personal, los registros de la Comisión de Transporte, Comunidad y Seguridad, las actas aprobadas, los horarios de tráfico actuales, los registros actuales del código municipal, las resoluciones adoptadas y las actualizaciones oficiales posteriores antes de confiar en hallazgos detallados de encuestas de velocidad, límites de velocidad actuales, señalización actual, aplicación, orientación sobre seguridad vial o interpretación legal.
Contexto del Anexo A
El Anexo A lista el nombre de la calle o zona como Citracado 2 y lo marca como un nuevo segmento. El segmento listado es desde Avenida del Diablo hasta Harmony Grove Rd./S. Andreasen.
La fila del Anexo A no lista ninguna fecha previa de encuesta de velocidad, ningún límite de velocidad publicado existente, clasificación M, velocidad percentil 85 de 51 mph, velocidad redondeada de 50 mph y límite de velocidad publicado recomendado de 40 mph. La nota al pie del anexo indica que el valor fue redondeado hacia abajo para ser consistente con el corredor por ordenanza.
Los valores de la tabla del Anexo A fueron verificados manualmente desde una vista renderizada de la página 6 del PDF porque la extracción de texto predeterminada capturó el encabezado pero no el contenido de la tabla. Esta página no establece si se han colocado señales, si el límite de velocidad es actualmente aplicable, si los horarios de tráfico actuales incluyen el segmento, o si ordenanzas o resoluciones posteriores cambiaron el segmento.
Contexto de la Revisión Ambiental
La ordenanza indica que la ordenanza propuesta no es un proyecto bajo la sección 15378(b)(5) de las Directrices de CEQA porque las actualizaciones propuestas son actividades administrativas que no resultarán en cambios físicos directos o indirectos al medio ambiente.
Utilice esa declaración únicamente como texto de la ordenanza. Esta página no proporciona análisis de CEQA, asesoramiento sobre seguridad vial, interpretación legal, orientación actual sobre límites de velocidad, orientación sobre señalización ni orientación sobre aplicación.
Contexto de Adopción
La ordenanza indica que fue aprobada, adoptada y sancionada por el Concejo Municipal de Escondido en una reunión ordinaria el 18 de febrero de 2026. Lista votos A FAVOR para Fitzgerald, Garcia, Garcia, Martinez y White, sin votos EN CONTRA ni concejales AUSENTES.
Utilice esto únicamente como contexto de adopción establecido en la ordenanza. Consulte las actas aprobadas y los registros oficiales posteriores antes de confiar en la historia más amplia de la acción final, correcciones posteriores, derogación, enmienda, estado actual del código, horarios de tráfico actuales, señalización actual o estado actual de aplicación.
Límites de Publicación
Esta página no publica el estado actual de las señales publicadas, la aplicabilidad actual del límite de velocidad, asesoramiento sobre seguridad vial, orientación de rutas, el contenido actual de los horarios de tráfico, la integridad actual de los horarios de tráfico, la integridad actual del código municipal, el efecto actual del código municipal, la ley actual, enmiendas posteriores, condiciones en campo, metadatos de mapas, imágenes, apelaciones, litigios ni redacciones de afirmaciones no atendidas.
Consulte los informes del personal, los registros de la Comisión de Transporte, Comunidad y Seguridad, los horarios de tráfico actuales, los registros actuales del código municipal, las fuentes del Secretario Municipal o legales, las resoluciones adoptadas, los registros de señales publicadas o la revisión en campo, las actas posteriores y las actualizaciones oficiales posteriores antes de confiar en los límites de velocidad actuales, la señalización actual, la aplicación, la seguridad vial, la ley actual, el contenido actual de los horarios de tráfico, la integridad actual del código municipal, las enmiendas posteriores o la interpretación legal.
